América Móvil, empresa de telecomunicaciones de Carlos Slim, informó a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) que impugnará la resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre la segunda revisión bienal de sus medidas especiales.
Estas medidas son una serie de reglas que debe cumplir porque cuenta con más de 50% de participación en servicios como telefonía fija, móvil e internet. A esta condición de proveedor mayoritario se le conoce como agente económico preponderante.
La primera revisión del cumplimiento de sus medidas ocurrió en marzo de 2017. En ese momento, el IFT le impuso la separación de sus servicios mayoristas de los residenciales. Es decir, el órgano regulador le ordenó a América Móvil la creación de una unidad especialmente dedicada a brindar los servicios de telecomunicaciones a otras empresas. Esto con el fin de agilizar el acceso de otras compañías a los servicios de telefonía fija e internet de Telmex.
Las medidas impuestas tienen por objetivo incentivar la competencia, eliminar posibles barreras de entrada a nuevas empresas y evitar prácticas anticompetitivas.
En su resolución sobre la segunda revisión bienal de las medidas impuestas a América Móvil, el IFT consideró seis aspectos.
Si eres usuario de pospago de Telcel, América Móvil deberá:
Ofrecer contratos separados, uno para el servicio de telecomunicaciones y otro para la compra-venta de equipos terminales.
La empresa deberá ofrecer al usuario la posibilidad de continuar con el contrato del equipo terminal si es que decide cancelar el contrato del servicio de telecomunicaciones.
Permitir a los usuarios finales la posibilidad de adquirir a plazos equipos desbloqueados en el esquema de pospago si es que estos son ofrecidos en el segmento de prepago.
Desbloquear el equipo terminal adquirido a plazos en el esquema de pospago cuando los usuarios cancelen el contrato por el servicio de telecomunicaciones. En este caso, deben haber transcurrido por lo menos seis meses del contrato del equipo.
Establecer en el contrato de compra-venta del equipo terminal, condiciones y términos de referencia tales como información sobre descuentos, subsidios y condiciones de liquidación anticipada.
Las nuevas medidas disponen que los servicios promocionales –propios o de terceros- que activa la empresa al usuario, se deberán cancelar cuando concluya el plazo de la promoción. Esto debe notificarlo al usuario para evitar costos indeseados, trámites para dar de baja servicios o realizar aclaraciones.
América Móvil no podrá aplicar tarifas ni condiciones de calidad de servicio diferentes en las llamadas de sus usuarios independientemente si terminan dentro de su red o en la de otra compañía. Con esto, se busca evitar que se genere un efecto club en la red de la empresa.
Es decir, que solo se contraten servicios de Telcel por los beneficios de llamar y que te llamen a través de ese proveedor. Además, se previene el encarecimiento de los servicios que proveen operadores distintos al Telcel.
Esta medida incentiva a los usuarios a elegir libremente a su proveedor de telecomunicaciones, sin verse afectados por los efectos del tamaño de la red a la que se adhieran.
Para la provisión de servicios mayoristas, es decir, a otras empresas, América Móvil deberá entregar al IFT los contratos que haya firmado con empresas de su grupo. Esto a fin de revisar si hay mejores términos y condiciones que puedan solicitarse bajo el principio de no discriminación por otras empresas.
Además, la compañía de Slim deberá notificar a los operadores, vía el Sistema Electrónico de Gestión (SEG), cuando haya firmado nuevos convenios para la prestación de los servicios. Así, los operadores conocerán de manera oportuna la existencia de estos para solicitar que les sean aplicados los nuevos términos y condiciones, si es su caso.
Adicionalmente, América Móvil deberá ofrecer el acceso a la fibra oscura a los operadores cuando no exista capacidad en su infraestructura pasiva.
Se determinó que los parámetros de las ofertas de referencia sean la base para la verificación del cumplimiento por parte del IFT. Así, el incumplimiento será sancionable en términos de la ley federal de telecomunicaciones y radiodifusión.
Las nuevas medidas incluyen la posibilidad de modificar el esquema regulatorio de tarifas mayoristas, sujeto a un análisis de competencia previo. Asimismo, se hicieron modificaciones en cuanto al proceso de revisión anual de las ofertas de referencia y de los Convenios Marco de Interconexión (CMI) para hacerlo más eficiente.
El IFT agregó que las condiciones técnicas y económicas para que América Móvil brinde servicios mayoristas deberán darse en la revisión anual de ofertas de referencia. Los lineamientos buscan generar mayor certidumbre a los competidores.
El SEG es un sistema que funge como instrumento de comunicación para la provisión de los servicios mayoristas. Es una herramienta de consulta de información, tanto por parte de los operadores como del IFT.
En esta revisión bienal se impone la obligación a América Móvl de cumplir con Indicadores Clave de Desempeño (IDC) asociados con la disponibilidad y funcionamiento del SEG. Con ello, se busca garantizar que el SEG opere adecuadamente.
Asimismo, la empresa deberá notificar a los competidores sobre los momentos de mantenimiento al SEG. También, cuando haya fallas o indisponibilidad del sistema, así como cuando se restablezca.
Con todas estas medidas, se busca generar una regulación más eficiente y efectiva. Sin embargo, la empresa considera que la resolución del IFT “no se basa en una evaluación integral en términos de competencia de los diferentes mercados que conforman el sector de telecomunicaciones”.
En su comunicado a la BMV, la compañía informó que analiza los posibles efectos de la resolución a sus empresas y subsidiarias. “Será impugnada en su momento conforme a las leyes aplicables”, indicó.
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