Este miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota, confirmó la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que determinó como agente económico preponderante al grupo de interés económico América Móvil.
Por unanimidad de votos, el máximo órgano jurídico de México respaldó al IFT para imponer regulación especial a las empresas del grupo. Entre ellas, Telcel —Radiomóvil Dipsa—, Telmex y otras.
En un comunicado, la Sala explicó que la reforma en materia de telecomunicaciones de 2013 modificó el artículo 28 constitucional. Con ello, se otorgó al IFT las facultades de un órgano regulador, autónomo y especializado.
Entre sus funciones tiene a cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico; así como las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
América Móvil, del multimillonario Carlos Slim, agrupa a varias empresas que proveen servicios de telecomunicaciones. Ya que posee más del 50% de participación de mercado, el IFT le impuso regulación especial, mejor conocida como regulación asimétrica.
Hasta que no baje su participación en los diferentes servicios de telecomunicaciones, a menos del 50%, América Móvil tendrá que cumplir con esa regulación asimétrica. Esta consta de reglas diferentes al resto de las empresas del sector.
Por ejemplo, en el servicio de internet fijo en México había 19.3 millones de conexiones al cierre de 2019. De ellas, el 50.1% pertenecían a América Móvil, según el Banco de Información de Telecomunicaciones (BIT) del IFT.
Además, de las más de 22 millones de líneas telefónicas fijas, el 53.2% pertenecían a este empresa, según las cifras más recientes del BIT. El resto se reparte entre más de siete empresas.
Pero donde es más evidente su penetración de mercado es en los servicios móviles de telecomunicaciones. Al cierre de 2019, de las 97.4 millones de líneas, 69.9% tenían conexión a internet a través de la red de América Móvil, con su marca Telcel.
En tanto, en telefonía móvil el BIT indicó que en 2019 había poco más de 122 millones de líneas. De ellas, 62.4% pertenecían a Telcel. El resto de los clientes tienen servicios en más de 11 empresas.
Por ello, la SCJN respaldó al IFT para que continúe su trabajo a fin de “establecer condiciones de competencia y libre concurrencia en el sector y mejorarla calidad y precio en los servicios”.
Así, la Sala concluyó que es constitucional la decisión del IFT, que considera a América Móvil agente económico preponderante en telecomunicaciones. También, las medidas que se le impusieron por poseer más del 50% de participación de mercado.
Además, la Sala agregó que por esas características, las reglas asimétricas a América Móvil “limitan de forma válida sus derechos en beneficio de los ciudadanos”.
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