Jalisco firmó un acuerdo con Airbnb, con esto se une a otras ocho entidades donde calcular la tasa del Impuesto Sobre Hospedaje (ISH) es más fácil.
Las entidades donde ya está vigente este acuerdo son CDMX, Quintana Roo, Estado de México, Baja California, Baja California Yucatán, Oaxaca y Sinaloa.
El Impuesto Sobre Hospedaje (ISH) es un gravamen estatal que se cobra directamente al turista en el momento que paga hospedaje.
Jalisco firmó un acuerdo con Airbnb para calcular y retener la tasa del Impuesto Sobre Hospedaje (ISH). Con esto, se une a otras siete entidades que ya implementan esta medida para facilitar el pago de impuestos a los anfitriones de la aplicación.
El acuerdo permite a Airbnb calcular y retener en automático el importe del ISH sobre el precio de renta —sin impuesto al valor agregado— y agregarlo al monto que debe cubrir del huésped.
Actualmente, esto ya se realiza en Ciudad de México (CDMX), Quintana Roo, Estado de México, Baja California, Baja California Sur, Yucatán, Oaxaca y Sinaloa.
¿Qué es el Impuesto Sobre Hospedaje?
El Impuesto Sobre Hospedaje (ISH) es un gravamen estatal que se cobra directamente al turista en el momento que paga su alojamiento. Este cálculo se hace sobre el precio sin IVA y su tasa va del 2% al 5% a nivel nacional. Este impuesto se paga por habitación.
Por ejemplo, si alquilas un departamento por 1,000 pesos y el ISH del estado es de 4% entonces lo que te cobrarán solo de este impuesto serán 40 pesos (1,000 x 4%).
Lo que tendrás que pagar en total son 1,200 pesos (1,000 de la renta+160 pesos de IVA+40 pesos del ISH). Esos 40 pesos deberán pagarse a la Tesorería de cada entidad.
Si vives en el resto del país ¿cuándo y cómo presentas el ISH?
Si no vives en las ocho entidades en donde actualmente tiene convenio Airbnb, deberás asegurarte de incluir el complemento de “Contribuciones locales”, para que en la factura se plasme el monto de este impuesto estatal.
Revisa la lista de fechas límite dependiendo de cada entidad para pagarlo y la tasa de cada uno.
Aguascalientes: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Campeche: 2%, dentro de los primeros 20 días del mes subsecuente.
Chiapas: 2%, dentro de los primeros 15 días del mes subsecuente.
Chihuahua: 4%, dentro de los primeros 15 días del mes subsecuente.
Coahuila: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Colima: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Durango: 2%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Guanajuato: 4%, dentro de los primeros 22 días del mes subsecuente.
Guerrero: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Hidalgo: 2.5%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Michoacán: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Morelos: 3.75%, a más tardar el día 17 de cada bimestre (enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre).
Nayarit: 3%, a más tardar el día 10 del mes subsecuente.
Nuevo León: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Puebla: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Querétaro: 2.5%, dentro de los primeros 22 días del mes subsecuente.
San Luis Potosí: 1.5%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Sinaloa: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Sonora: 2%, dentro de los primeros 20 días del mes subsecuente.
Tabasco: 2%, dentro de los primeros 20 días del mes subsecuente.
Tamaulipas: 2%, dentro de los primeros 15 días del mes subsecuente.
Tlaxcala: 2%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Veracruz: 2%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
Zacatecas: 3%, dentro de los primeros 17 días del mes subsecuente.
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